Mecanismo Desarrollo Limpio
Mecanismo de Desarrollo Limpio
De los tres mecanismos del mercado de carbono creados por el Protocolo de Kyoto, el MDL ha sido el de mayor actividad, con un 87% del volumen y un 91% del valor de las transacciones totales (cifras de CEPAL). El mecanismo ha tenido un rápido crecimiento en los últimos tres años, y pese algunas fluctuaciones, el precio promedio de los bonos de carbono se ha incrementado. Los principales compradores de bonos son los países europeos y en particular el Reino Unido, y otros países como Japón.
1- Objetivos del Mecanismo de Desarrollo Limpio
Se espera que el MDL genere inversiones en países en vías de desarrollo, especialmente en el sector privado, y promueva la transferencia de tecnologías amistosas con el medio ambiente. El MDL debe favorecer al logro de los siguientes objetivos:
- Contribuir a la mitigación del cambio climático.
- Ayudar a los países industrializados (Anexo 1) a cumplir sus metas de reducciones. Al mismo tiempo debe ayudar a los países en desarrollo en su desarrollo sostenible.
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Poner al servicio de los países en desarrollo, el capital, los conocimientos especializados y la tecnología indispensable para el uso de energías renovables y el aumento de la eficiencia energética.
En la figura se presenta un esquema de las transacciones de un proyecto MDL.
2- Etapas del Ciclo MDL
Para que un proyecto pueda ser registrado bajo el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) y genere reducciones que puedan ser certificadas internacionalmente, debe someterse a una serie de procesos de formulación, revisión y evaluación.
Este conjunto de 7 etapas y procedimientos se conoce comúnmente como el ciclo de un proyecto MDL y está compuesto por todos los pasos necesarios para que un determinado proyecto produzca CERs, como se muestra en la figura a continuación .
- Diseño: Los participantes deberán evaluar la actividad del proyecto propuesta y los requisitos de elegibilidad. El Documento de Diseño incluirá la metodología y determinación de la base de referencia, el cálculo de la reducción de emisiones, y la metodología y plan de vigilancia de la actividad de proyecto.
- Validación: Evaluación independiente del diseño por una Entidad Operacional Designada (DOE), en relación con los requisitos del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL).
- Registro: Aceptación oficial por la Junta Ejecutiva (JE) de un proyecto validado como proyecto MDL.
- Implementación del diseño.
- Vigilancia: Esta incluye la recopilación y archivo de todos los datos necesarios para medir o estimar emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) del proyecto MDL, de la base de referencia y cálculo de las reducciones de emisiones debidas al proyecto.
- Verificación y Certificación: La verificación consiste en un examen independiente y periódico por una DOE de las reducciones de emisiones registradas; unida a la certificación escrita de la DOE confirmando las reducciones de emisiones durante un tiempo determinado.
- Expedición de las reducciones certificadas de emisiones (CER) por la Junta Ejecutiva del MDL.
3- Instituciones involucradas en el proceso MDL
Las reducciones de emisiones de GEI atribuidas a proyectos MDL, están sujetas a un proceso de evaluación, validación, verificación y certificación a través de instituciones y procedimientos establecidos en las Reglas y Modalidades.
Las principales instituciones relacionadas al ciclo de proyecto MDL son:
- Conferencia de las Partes (COP)
- La Junta Ejecutiva (JE)
- La Entidad Operacional Designada (EOD)
- La Autoridad Nacional Designada (AND)
a) Conferencia de las Partes
La Conferencia de las Partes es la primera autoridad de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que evalúa anualmente el estado del cambio climático y la efectividad del tratado. Trabaja conjuntamente con el Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC), considerando los nuevos avances científicos y evaluando la reducción de emisiones de cada país. En ella participan todos los estados miembros, o “partes”, como también organizaciones de la sociedad civil y la prensa.
Hasta 1997 las conferencias de las partes no lograron un acuerdo capaz de hacer efectiva la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Es recién a partir de la COP3 con la adopción del Protocolo de Kioto, que se establece una verdadera responsabilidad legal por parte de los países firmantes de reducir sus emisiones.
Las COP que se han desarrollado hasta la fecha son:
- COP1 Berlín 1995
- COP2 Ginebra 1996
- COP3 Kyoto 1997
- COP4 Buenos Aires 1998
- COP5 Bonn 1999
- COP6 La Haya – Bonn 2000-2001
- COP7 Marrakech 2001
- COP8 Delhi 2002
- COP9 Milán 2003
- COP10 Buenos Aires 2004
- COP11 Montreal 2005
- COP12 Nairobi 2006
- COP13 Bali 2007
- COP14 Poznan 2008
b) La Junta Ejecutiva para el MDL
Durante la COP7 se establecieron las Reglas y Modalidades para la implementación del MDL. Además, como parte de su operación, en esta reunión se pudo elegir a los miembros de la Junta Ejecutiva para el MDL, que es el órgano subsidiario de la Convención para la supervisión del MDL, y que será la institución que vigilará todo lo relacionado con la ejecución del MDL, entre las principales responsabilidades de ésta se incluyen: - La acreditación de las DOEs;
- El registro de proyectos MDL;
- La emisión de CERs;
- El desarrollo y mantenimiento de un registro MDL;
- El establecimiento y mejoramiento de metodologías relacionadas a las líneas base, planes de monitoreo y fugas. La Junta Ejecutiva está compuesta por 10 miembros de las Partes del Protocolo de Kyoto: un miembro de cada uno de los cinco grupos regionales de las Naciones Unidas, dos miembros de las Partes incluidas en el Anexo I, dos miembros de las Partes no incluidas en el Anexo I y un representante de los pequeñas estados insulares en desarrollo.
c) Las Entidades Operacionales Designadas (DOE)
Las DOEs son entidades domésticas (del país anfitrión del proyecto) o internacionales, acreditadas ante la Junta Ejecutiva y designadas como tal por la Conferencia de las Partes (COP). Las responsabilidades de las DOEs son, entre otras, las siguientes: • Validar las actividades de proyecto MDL de acuerdo con las reglas y modalidades establecidas
• Verificar y certificar la reducción de emisiones o remoción de CO2
d) La Autoridad Nacional Designada para el MDL (AN-MDL)
Los Gobiernos de los países en desarrollo tienen que designar bajo la CMNUCC una Autoridad Nacional para los proyectos MDL. La AN-MDL certifica que la participación del país es voluntaria y, en el caso de los países donde las actividades serán implementadas (país anfitrión), que estas actividades contribuyan a su desarrollo sostenible.
Es solo prerrogativa del país decidir soberanamente si este objetivo ha sido alcanzado gracias a la actividad del proyecto MDL. En la fase pertinente, la AND, debe aprobar las actividades de proyecto MDL mediante la emisión de una Carta de Aprobación Nacional.
En el caso de Chile, la Autoridad Nacional Designada es la Comisión Nacional del Medio Ambiente, CONAMA.